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- ISSN 0121-4675 Res.MinGobierno 0036/91 | Año 16 Nro. 04/2006 | Bogotá, 25 de enero de 2006 -

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Observatorio del Medicamento - OBSERVAMED
Aportes a la Teoría Económica de la Protección a la Propiedad Intelectual

No.1/2

Los peligros de un TLC “con dientes”.
¡NO a la “Integración Profunda Desbalanceada”!

Por Tatiana Andia Rey
Consultora Económica de la Federación Médica Colombiana
y el Observatorio del Medicamento OBSERVAMED

A pesar de haberse comprometido en el pasado a no ceder los límites del régimen que hoy tiene Colombia en términos de patentes y protección de datos, al día de hoy el gobierno parece verse obligado a sacar adelante el TLC lo antes posible, sin importar que no se hayan logrado acuerdos claros en algunos temas, y entre ellos en Propiedad Intelectual.

Las consecuencias y los posibles riesgos de aceptar el acuerdo tal y como lo ha diseñado los EE.UU., o como lo aceptó Perú, han sido más que evidenciados por quienes se oponen y por los mismos hechos (no en vano los negociadores de dicha mesa han renunciado). Sin embargo, los costos no han terminado de contabilizarse.

Como bien lo dice el doctor Rudolf Hommes en su columna de opinión de “El Tiempo”, la economía política del TLC es perversa y “los consumidores, sobre todo los consumidores pobres, no se han percatado de la importancia del hecho, no tienen representantes que defiendan sus intereses y no han participado políticamente en la decisión[1]. Pero a diferencia de lo que el ex ministro plantea, si el TLC sale adelante tal y como está, no será el triunfo de la gran mayoría (por lo menos no en el tema de la salud y el acceso a los medicamentos) y mucho menos una victoria de la democracia, porque así como “la mayoría de los colombianos rasos, no han tenido ni representación ni voz en el proceso”[2] de oposición, tampoco la han tenido en el de aprobación.

En el tema particular de la protección a la propiedad intelectual en el mercado farmacéutico, más allá de las posibles pérdidas de bienestar relacionadas con el incremento de precios de los medicamentos, existen otros elementos de carácter institucional que pueden llegar a ser problemáticos.

Aún si decidimos entregar todas las banderas y firmar el acuerdo tal y como está, eso no garantizará su entrada en vigencia, hará falta, como vimos para el caso centroamericano, realizar toda una serie de reformas que permitan que el tratado se ejecute. “En Colombia se ha hablado, entre otras, de reformas a la Superindustria, para que tenga más dientes en materia de patentes, así como en normas del Invima que tienen que ver con protección de datos”[3].

La exigencia de reformas de carácter institucional y normativo no es gratuita, responde a una directriz específica de los EE.UU. hacia la “Integración Profunda”, que consiste en que los gobiernos-socios adopten políticas comunes (Hoekman and Kostecki, 2001)[4], con el fin de minimizar los costos de transacción y garantizar que se cumplan las normas pactadas en los acuerdos.

Como lo hemos dicho en anteriores artículos, esta directriz se enmarca en una tendencia global más amplia en términos de comercio internacional que busca ampliar los temas a incluir en los acuerdos entre países, a la vez que trata de homogeneizar normatividades y crear organismos de control dispuestos a imponer sanciones a quienes incumplan dichos acuerdos.

Todo comenzó por la inclusión de nuevos temas “relacionados con el comercio”, como la inversión y la propiedad intelectual, en los tratados internacionales, a la vez que se creó una organización multilateral, la OMC, capaz de juzgar y sancionar a los países que infringieran los convenios.

Pero ahora, en vista de que al nivel multilateral ha sido muy difícil llegar a acuerdos de la profundidad y la severidad requeridas, y en vista de que la imposición de sanciones por parte de la OMC ha sido lenta e ineficaz según las necesidades de algunos países (entre ellos los EE.UU), los acuerdos bilaterales se han convertido en la nueva modalidad de negociación que permite ejercer mayor presión sobre los gobiernos-socios y por lo tanto resultados mucho más concretos y una verdadera “integración profunda”.

Sin embargo, la “integración profunda” puede ser tanto una amenaza como una oportunidad para los países en desarrollo (Krueger, 1995)[5], como Colombia. Puede ser una oportunidad, si las prioridades de inversión del país menos desarrollado se mantienen, pero puede ser una amenaza si implica reemplazar sus prioridades por las del país más poderoso, ésta última es la que denominamos “integración profunda desbalanceada”.

En el caso particular de los medicamentos, para que el TLC entrara en vigencia el país tendría que usar recursos vitales que son necesarios para resolver temas prioritarios como las coberturas de seguridad social en salud, o actualizar el listado de medicamentos esenciales, entre otros, hacia fortalecer organismos de control que protejan los derechos de propiedad intelectual de las industrias multinacionales. Eso es invertir las prioridades, eso es ceder ante la “integración profunda” pero desbalanceada.

Repensar medidas de este tipo no implica defender los intereses del gremio de laboratorios nacionales, se trata de defender los derechos de los Colombianos a poner el interés de la salud pública de su población por encima del derecho de lucro de empresas interesadas en estas prebendas.

Hasta la fecha los laboratorios multinacionales norteamericanos y europeos han venido a invertir en Colombia con las reglas de propiedad intelectual vigente porque el mercado es lo suficientemente atractivo, y no dejarán de hacerlo porque no nos sometamos a las exigencias de un TLC “con dientes” que puede ser históricamente regresivo si se trata de “integración profunda desbalanceada” a favor del más fuerte, y que además superan bastante las de los acuerdos multilaterales.

Por eso creemos que hay que gritar AUXILIO! Hay que decir NO a tener que aplazar vitales reformas institucionales, por reformas que garanticen el lucro de otros! Hay que decir NO a poner los intereses particulares de poderosos grupos económicos, sean nacionales o internacionales, sobre el interés de “los colombianos rasos”, o de “los consumidores más pobres”, o de, cómo le queramos llamar a, la mayoría de los colombianos.

[1] El Tiempo, Opinión, La perversa economía política del TLC por Rudolf Hommes, viernes 27 de enero de 2006

[2] Ibid

[3] El Tiempo, Económicas, TLC centroamenticano se negoció, se firmó... y aún no ha empezado, miércoles 25 de enero de 2006

[4] Hoekman, B. M. and M. M. Kostecki (2001). The political economy of the world trading system : the WTO and beyond. Oxford, Oxford University Press

[5] Krueger Anne(1995) Trade Policies and Developing Nations


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No.2/2

El TLC y la “Integración Profunda”
El Propósito de la Figura de Anulación y Menoscabo

Por Tatiana Andia Rey
Consultora Económica de la Federación Médica Colombiana
y el Observatorio del Medicamento OBSERVAMED

El reciente debate sobre la nueva figura de Anulación y Menoscabo introducida la semana pasada en la XII ronda del TLC, según lo anunció el periódico El Tiempo (Económicas, Sábado 8 de Octubre de 2005), se enmarca en una tendencia global más amplia en términos de comercio internacional: una tendencia hacia la integración profunda, en contraste con la integración más superficial que primaba en acuerdos internacionales anteriores.

En efecto, desde la ronda de Uruguay y con la creación de la OMC, los países en desarrollo han tenido una participación mucho más activa en los acuerdos internacionales y los niveles de integración han pasado de limitarse a tratar de abolir la discriminación al productor extranjero, a intentar homogeneizar políticas regulatorias y administrativas internas que tengan un impacto sobre el comercio.

Dicha tendencia es lo que algunos autores llaman la transición de la “integración superficial”, que no requiere que los gobiernos entren en acción, pero los disciplina cuando lo hacen, hacia la “integración profunda” que requiere que los gobiernos adopten políticas comunes. (Hoekman and Kostecki, 2001)[1].

Los derechos de propiedad intelectual, así como la inversión extranjera, entre otros, hacen parte de las regulaciones y asuntos administrativos que se considera tienen un impacto sobre el comercio, es por eso que fueron objeto del acuerdo ADPIC que los regula y que están siendo incluidos en los recientes acuerdos regionales de comercio, y en el caso particular que atañe a Colombia, también en el TLC con los Estados Unidos.

Muestra de la profundización de la integración es lo sucedido con la figura de Anulación y Menoscabo que fue introducida en el GATT (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio) para ser aplicada sólo en el ámbito del comercio internacional directamente (es decir solo en lo relacionado con aranceles aduaneros) y que ahora está siendo extendida a otros ámbitos, como la propiedad intelectual.

Aunque en principio la noción de “integración profunda” no parece tener mayores problemas, lo cierto es que existe una inconsistencia de fondo en sus fundamentos y es que mientras los asuntos a homogeneizar o acordar están “relacionados con el comercio”, lo que está en juego por la aceptación o no de las reglas son las oportunidades de intercambio directamente. En otras palabras, las recompensas, así como las sanciones que se le aplican al nivel de integración, por ejemplo, en normas de propiedad intelectual, están dadas en términos de mayor o menor acceso a los mercados extranjeros, en este caso al de EE.UU., incluso en sectores que nada tienen que ver con aquellos a los que se aplican dichas normas[2].

Adicionalmente, los nuevos asuntos “relacionados con el comercio” traen consigo otros posibles inconvenientes, que en el caso particular de la propiedad intelectual y los medicamentos se ejemplifican en el posible deterioro del acceso a la salud.

Profundizar la integración, por lo tanto, requiere de mucho cuidado, ya que al incluir aspectos que no están directamente relacionados con el intercambio comercial, también se corren riesgos que no se solucionan con el simple incremento del acceso a los mercados externos.

Añadirle además mecanismos fuertes y explícitos de solución de controversias, cómo la Anulación y el Menoscabo, a temas en los cuales las sanciones pueden tener costos por encima de los tangibles costos económicos, como es el caso de la propiedad intelectual de medicamentos y los posibles efectos sobre la salud, sólo agrava una situación que es en sí misma bastante riesgosa.

Colombia, si lo que se quiere conseguir con la Anulación y el Menoscabo, como se insinúa en el reportaje de El Tiempo es que tenga “un mecanismo de solución de controversias fuerte para evitar que Estados Unidos incumpla sus obligaciones en contra de los intereses del país, como el acceso a su mercado de productos colombianos”, no hace falta extender el mecanismo más allá de lo relacionado con los aranceles aduaneros.

Por último, y como comentario general, si a nivel internacional se han logrado conservar determinados espacios de independencia normativa y regulatoria para los países en los temas de propiedad intelectual[3], con el fin de garantizar el derecho a la salud de sus habitantes, no queda claro porqué habría que profundizar aun más la integración en este aspecto particular, tan azaroso y mucho menos porqué habría que ponerle dientes al acuerdo mediante mecanismos de solución de controversias fuertes del estilo de la Anulación y el Menoscabo.

[1] Hoekman, B. M. and M. M. Kostecki (2001). The political economy of the world trading system : the WTO and beyond. Oxford, Oxford University Press.
[2] La no-adopción de la normatividad de propiedad intelectual podría acarrear costos en el acceso al mercado norteamericano de cualquier otro bien al que no le afecta la propiedad intelectual directamente.
[3] Tiempos limitados de patentes, licencias obligatorias, importaciones paralelas, etc.


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