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Boletín BIS No.40/2008
Boletín del Consumidor de
Medicamentos No.38/2008
Boletín Informática y Salud ISSN 0121-4675 | Res.Min.Gob.0036/91 | Año 18 Nro.40/2008 | Bogotá, 28 sep.a 05 oct/2008

Juan Carlos Arboleda Z. - elpulso@elhospital.org.co.
http://www.periodicoelpulso.com/html/0810oct/general/general-08.htm 
Legislación sobre medicamentos biológicos: paso a la dimensión desconocida
Por su importancia, reproducimos este artículo publicado por el Periódico El Pulso en su edición de octubre/2008

El Ministerio de la Protección Social trabaja en la reglamentación del registro sanitario para medicamentos biológicos y biotecnológicos; aparentemente inocuo en su presentación, el tema tiene connotaciones para el bolsillo de los colombianos, por cuanto según analistas, el futuro decreto restringiría seriamente la posibilidad de producción de genéricos biosimilares y en el sistema de salud podría activar una bomba de tiempo.

El proyecto dado a conocer en la Academia Nacional de Medicina generó controversia, aunque se trabajaba desde por lo menos un año atrás, cuando la Universidad Nacional y el Invima realizaron algunos estudios sobre el tema; sin embargo, según el doctor Alberto Bravo de Asinfar, en carta del pasado 25 de agosto al viceministro Carlos Ignacio Cuervo, las recomendaciones de la Nacional no fueron consideradas en el borrador de decreto.

El proyecto pretende reglamentar parcialmente el régimen de registros sanitarios, el control de calidad y el régimen de vigilancia sanitaria de medicamentos biológicos en todos los eslabones de la cadena: producción, expendio, importación, exportación y comercialización. El decreto es un enorme y minucioso compendio de los pasos para obtener el registro Invima en cada posibilidad, y en 81 artículos retoma disposiciones vigentes, situación calificada por los expertos como inconveniente, por cuanto más que ayudar, genera confusión. Más el punto crucial, es el manejo del concepto de genéricos.

El artículo 61 dice: “En los productos biológicos, dada la complejidad de los métodos de producción y de las características de este tipo de productos, no se consideran productos genéricos. Por lo tanto el interesado en el registro sanitario de un producto biosimilar deberá presentar sus estudios realizados con su propio producto, incluidos estudios clínicos, con el fin de hacer la correspondiente evaluación de seguridad y eficacia. No se reconocerá intercambiabilidad para este tipo de productos”. Luego agrega: “El ejercicio de comparabilidad y la declaración de comparabilidad son aplicables a las dos situaciones: Cambio introducido por un mismo fabricante (o fabricantes relacionados) en su propio proceso de producción. Para un producto que declara ser similar a otro que ya se comercializa”.

Este concepto va en la misma dirección de lo manifestado por Invima ante consulta de la firma internacional de abogados Baker & McKenzie, considerada la mayor representante a nivel mundial de la industria farmacéutica; en Acta 40 de diciembre 10/07, el Invima expresa: “Dada la complejidad de los métodos de producción y de las características de estas sustancias medicinales, no se consideran productos genéricos y que por lo tanto el interesado en el registro sanitario de un producto de competencia de esta clase deberá presentar información técnico científica, realizada con su propia molécula, incluidos estudios clínicos…”, ratificando la postura de 2003. En Acta de julio 24/08, el Invima se refiere a intecambiabilidad de productos (también consultada por la firma de abogados), y aclara que no se debe “cambiar el medicamento durante el tratamiento ya establecido, por otro de un productor diferente, sin una valoración y autorización médica previa”.

Colombia: ¿Pionera o acelerada?
El borrador de decreto presentado por el Ministerio e Invima, se basa fundamentalmente en una propuesta de AVANZAR, entidad dedicada a la investigación clínica, que tiene como socio fundador a la Asociación de Fabricantes de Productos Farmacéuticos -Afidro- y a los directores médicos y técnicos de la industria farmacéutica de investigación establecida en Colombia, en otras palabras, las multinacionales farmacéuticas. Alberto Bravo, presidente de Asinfar, gremio de laboratorios nacionales, descalificó en la carta enviada al Viceministro el documento de Avanzar como referencia para expedir el decreto, y por el contrario plantea que “el debate sobre la norma, a nuestro juicio, no debe ir más allá de la modificación o adición de algunos artículos del decreto 677 de 1995”.

Lo extraño es el interés del Ministerio de tener reglamentación en un tema tan puntual como medicamentos biotecnológicos, cuando en la mayor parte del mundo no hay claridad sobre el tema, manifiesta el Observatorio de Medicamentos de la Federación Médica Colombiana -Observamed-, porque detrás de esa reglamentación está el lobby de las multinacionales farmacéuticas: “Mientras en países investigadores e innovadores como Estados Unidos todavía no hay regulación definitiva, llamativamente en Colombia tenemos listo un proyecto de decreto; algunos dirán que el decreto busca garantizar calidad y eficacia de medicamentos biotecnológicos para proteger los pacientes, otros que busca erradicar o poner excesivas barreras de entrada a alternativas genéricas biosimilares y que eso va en detrimento del derecho al acceso a estos medicamentos por los pacientes; como sea, sin duda es un intento de regular un fenómeno que en el mundo apenas se digiere e interpreta, y cuyas respuestas definitivas no están a la mano. Valdría preguntarse cuál es la información privilegiada y concluyente que tenemos los colombianos sobre productos biotecnológicos, que ni los americanos se han enterado”.

Oscar Andia, director de Observamed, sostiene que el proyecto beneficia a las grandes ligas del mercado farmacéutico, cuyos recobros al Fosyga superaron en algunos productos los $12.000 millones entre 2002 y 2005, y en otros llegaron a $15.600 millones entre abril de 2006 y diciembre de 2007: “Es fácil deducir que las multinacionales buscarán proteger su inversión en este mercado, incluso más allá de los mecanismos legales de protección de la propiedad intelectual. Por su sofisticación tecnológica, los medicamentos biológicos se prestan para esgrimir argumentos 'científicos' que dificulten el ingreso de los genéricos, y así los gigantes farmacéuticos amplían la protección de sus patentes mediante sofisticaciones técnicas que en la práctica se constituyen en barreras tecnológicas para dificultar la producción de genéricos biosimilares”.

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Desde el punto de vista económico, los medicamentos biotecnológicos son de alto costo y en algunos países pusieron en jaque la financiación de la salud; en Inglaterra se suspendió temporalmente su cobertura dentro del sistema de salud, y ante el caso colombiano, el doctor Andia afirma que es lógico que la industria de genéricos se oponga a quedar excluida del mercado y para ello esgrimen el razonable argumento de la defensa del acceso a estos medicamentos después del vencimiento de sus patentes y en interés de la salud pública. Agrega que la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos (CNPM) no tomó medidas para la regulación de sus precios, lo cual llevaría firmemente a la quiebra del sistema: “El Comité Técnico Asesor de la CNPM no ha dicho si se deben incluir dentro de la 'clasificación terapéutica relevante'. Si resulta que sí, serán estudios de precios de los 8 países de referencia los que dirán si estos productos monopólicos están abusando de su posición dominante en el mercado para pasarlos al régimen de control directo, y por esta vía, es claro que Colombia será modelo mundial de lo que no se debe hacer. El llamado del Observatorio es que la regulación no agrave lo que el mercado ya ha complicado; vemos pretencioso intentar la copia del trabajo inconcluso de la FDA y EMEA. No vemos la urgencia del Ministerio de avanzar a la vanguardia en este tema”.

Un trasfondo internacional
Los países que resolvieron producir una regulación especial para los medicamentos biotecnológicos siguen 2 tendencias: la europea que prácticamente impide la posibilidad de genéricos de biotecnológicos, y la otra tendencia internacional, más fuerte en países en desarrollo y en la legislación de la FDA en Estados Unidos, que opta por definir los tipos de pruebas necesarias para garantizar calidad y contar con genéricos que permitan la competencia y abra opciones a los consumidores. En criterio de Ifarma, la segunda es la alternativa más viable para el país y así lo consignó en propuesta de proyecto enviada al Ministerio, que plantea básicamente que todo medicamento biotecnológico presente unas pruebas adicionales, y si es un genérico, que la Comisión asesora estudie cada caso y determine qué estudios específicos se le van a pedir, pero manejándolo como si fuera producto nuevo, sin convertir esta consideración en soporte para la solicitud de patentes.

La posición de fondo de IFARMA, según Rossi, es que el proyecto presentado por el Ministerio es muy parecido a la legislación europea, cuyo elemento clave es eliminar la posibilidad de que existan genéricos: “La opinión entre los industriales es que los productos biológicos son tan complejos, que es imposible que dos productos sean iguales, y por tanto no puedan haber genéricos; nuestra opinión es que dos tabletas del mismo medicamento y del mismo fabricante nunca serán iguales, pero para eso existen pruebas para determinar la relevancia sanitaria y técnica sin que haya problema para convivir con esas diferencias, y por tanto podemos sustituir un genérico por otro o un producto innovador por un genérico: eso es bioequivalencia. Y garantizar que las diferencias no sean clínicamente significativas”.

La Organización Mundial de la Salud afirma que frente al tema hay gran falta de información y que lo más aconsejable es proceder con lo que la garantía de salud exige. De allí que IFARMA proponga dejar reposar el tema algunos años, mientras la comunidad científica internacional aclara lagunas técnicas, y entretanto seguir manejando cada caso de solicitud de forma individual. Según Rossi, todo indica que el proyecto no se expedirá este año y que el Ministerio tomó conciencia de que el tema requiere mayor análisis; además habría una solicitud expresa de la OPS para convocar expertos internacionales y organizar un debate, lo que daría un margen de espera en la alocada carrera de Colombia por ser pionera en una legislación que parece navegar más en el mundo de la dimensión desconocida, que en el frío realismo de las pruebas técnicas y científicas .

La OMS y los Medicamentos Genéricos
http://observamed.googlepages.com/oms_genericosfrsep08
Intervención del Dr. Francisco Rossi Director de la Fundación IFARMA en el
SEMINARIO MEDICAMENTOS GENERICOS: LA VERDAD DE LA VERDAD
Armenia - Quindío Sábado 20 de septiembre

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¿Cómo afecta a los norteamericanos la publicidad directa de medicamentos?
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