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Boletín Informática y Salud
y Boletín del Consumidor de
Medicamentos
No.31/2009
Boletín Informática y Salud ISSN 0121-4675 | Res.Min.Gob.0036/91 | Año 19 Nro.31/2009 | Bogotá, 27jul02ago/2009
Circular 02 de 2009 de la Comisión Nal. de Precios de Medicamentos-CNPM (2/2)
Precio de referencia de KALETRA® (canal institucional): Col$ 200.380.-
Precio de KALETRA® en FarmaPrecios marzo-abril 2009: Col$ 3.021.767.-
Tal como mostramos en nuestro Boletín BIS-BCM 30/2009, la Circular 02 de 2009 de la CNPM fijó el precio de referencia de Lopinavir 200 mg + Ritonavir 50 mg (Kaletra® de Abbott), frasco x 120 tabletas, en US$ 88,94 para el canal institucional y US$ 132,60 para el canal comercial. Al convertir estos valores a pesos colombianos (Col$ 2.252,98.- por dólar), podemos decir que el precio de referencia fue fijado en Col$ 200.380.- (canal institucional) y Col$ 298.753.-(canal comercial). Por su parte, la revista FarmaPrecios en su edición 108 correspondiente a los meses de marzo-abril de 2009, muestra el precio de Kaletra® frasco x 180 tabletas en Col$ 3.021.767.- La siguiente INFOGRAFIA resume la variación de precios Kaletra®, en los diferentes sistemas de información disponibles en Colombia y permite extraer algunas deducciones útiles sobre el manejo de precios de medicamentos en Colombia.


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1er.Semestre2009

Impacto de la información de precios de medicamentos en Colombia:

  1. Como mostramos en nuestro Boletín BIS-BCM 30/2009, la Circular 02 de 2009 (28abr09) de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos, establece precios de referencia de Lopinavir 200 mg + Ritonavir 50 mg Fco. X 120 tabletas (KALETRA de Abbott) en US$ 132,60 para canal comercial y US$ 88,94 para canal Institucional. En pesos colombianos al cambio de Col$ 2.252,98.- por dólar, equivale a Col$ 200.380.- (canal institucional) y Col$ 298.753.-(canal comercial), respectivamente.
  2. La misma Circular 02 de 2009 informa que los precios reportados de Kaletra® al SISMED del año 2008 fueron Col$ 646.480.- (canal institucional) y Col$ 618.849 (canal comercial). Es decir, el precio institucional mayor que el comercial y superior al triple del nuevo precio de referencia.
  3. El margen del 30% del canal Institucional sobre el canal comercial, que aparece en los precios de referencia, NO corresponde a la estructura de costos de este medicamento, ni a una realidad del mercado colombiano. Se origina en el cálculo de "promedios" instaurado por la Circular 04 de 2006. Se trata de un contagio "aritmético" perverso (por la propuesta de promedios de Econometría) de una situación que afectaba solo a Ecuador, donde existe una diferencia del 153% del canal comercial sobre el institucional.
  4. Independientemente de lo anterior, el efecto benéfico de estos "precios de referencia" será indudable ya que -según reportes de KALETRA (200mg+50mg) al SISMED del año 2008- 52.515 frascos x 120 tabletas tuvieron un valor de Col$ 28.340.961.342.- Esta cantidad de frascos, a precio de referencia del canal institucional, costarían solo Col$ 10.522.957.864.- es decir se generaría un ahorro de Col$ 17.818.003.478.- únicamente en esta presentación. Valdría la pena que la CRES y los entes de control hicieran el ejercicio de calcular el monto colosal de recursos que el sistema hubiese ahorrado, si la decisión de la CNPM se hubiese tomado en las fechas previstas y la medida se hubiese implementado siquiera el año 2008.
  1. Lamentablemente los mencionados "precios de referencia" solo afectan al único producto para el cual, organizaciones de la sociedad civil habían solicitado la licencia obligatoria. No existen señales de que la CNPM esté preparando una medida de este tipo para, por ejemplo, los productos de mayor valor recobrado al FOSYGA. Por esta razón, la FMC ha planteado la pregunta que incomoda a quienes se benefician de la política de desregulación y desinformación que desde el año 2004 implementa este gobierno: ¿Cuál es el porcentaje de la torta de más de Col$ 1.000.000.000.000.- (2007) y Col$ 1.150.000.000.000.- (2008), de recobros al FOSYGA, que el sistema de salud perdió por sobrecostos similares al evidenciado con Kaletra?

  2. Al no existir "precios de referencia" ni información oficial de precios para los medicamentos de mayor impacto financiero en el sistema de salud, las entidades deben basarse en algún dato de referencia para sus transacciones. Es así como muchas terminan utilizando la revista FarmaPrecios de Thomson-PLM, tal como puede verse en los siguientes ejemplos, obtenidos digitando la palabra "farmaprecios" en un buscador de Internet:

    En todos estos contratos se habla de precios "FarmaPrecios" menos un porcentaje de descuento. Por lo tanto, es posible deducir que para respetar el precio de referencia de la CNPM (canal institucional) las entidades que negocian con base en esta revista (ej. Edición No.108 de marzo-abril de 2009, que muestra el precio de Kaletra® frasco x 180 tabletas en Col$ 3.021.767.-) tendrían que buscar descuentos superiores al 90%.

  3. Por su parte, los precios encuestados por el Observatorio del Medicamento de la Federación Médica Colombiana son los más próximos a los precios reportados al SISMED (Precio Institucional de Compra-PIC Col$ 492.480.- Precio Distribuidor Encuestado-PDE Col$ 679.500.- y Precio Público Encuestado-PPE Col$ 1.000.000.-) es decir traducen aceptablemente lo que ocurre en el mercado y pueden ser fuente de decisiones acertadas en ausencia de información oficial que elimine las prácticas perversas de este mercado.

  4. Pero, la viabilidad financiera del sistema de salud requiere algo más que solo reflejar los precios del mercado farmacéutico. El modelo de la Circular 02 de 2009 y Lopinavir 200 mg + Ritonavir 50 mg Fco. x 120 tabletas (Kaletra® de Abbott) como el único producto con "precios de referencia" en el mercado colombiano, nos enseña que es posible utilizar información privilegiada de precios internacionales, para definir precios locales más justos, que generen multimillonarios ahorros y nos alejen del colapso financiero, que de otra forma parece inevitable.

Favor enviar sus sugerencias y comentarios a andia@observamed.org
Tatiana Samay Andia Rey
Consultora de Asuntos Económicos y Propiedad Intelectual
Observatorio del Medicamento -
Federación Médica Colombiana

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