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Boletín del Consumidor
de Medicamentos

BIS 06 y BCM-FMC 04/2008
Boletín Informática y Salud ISSN 0121-4675 | Res.Min.Gob.0036/91 | Año 18 Nro.06/2008 | Bogotá, 04 a 10 de febrero 2008
Conozca la 10ª edición(2008) de la
Primera Base de Datos
Farmacológica y Económica de Colombia
Para Uso Racional del Medicamento
Con Codificación ATC y POS, Precios
Encuestados y Reportados a la CNPM

Lo que todo consumidor de medicamentos debe saber sobre precios reportados y encuestados

Tal como pudo apreciarse en el BCN-FMC_01/08, la información de precios será uno de los contenidos básicos del Boletín del Consumidor de Medicamentos, obviamente, porque se trata del tema con mayor información asimétrica y el más importante para el ACCESO al recurso farmacéutico. Por esta razón, dedicamos este número a contextualizar y definir el significado de siete (7) conceptos sobre precios reportados a la CNPM y encuestados por OBSERVAMED:

  1. Comisión Nacional de Precios de Medicamentos-CNPM:
    La CNPM es una Comisión de alto nivel creada por la Ley 100 (Art.245) y reglamentada por el Decreto 413 de 1994 que establece su composición -en forma indelegable- por el Ministro de Desarrollo Económico (hoy de Comercio, Industria y Turismo), el Ministro de Salud (hoy de la Protección Social) y un Delegado Pesonal del Presidente de la República y define las funciones que le corresponde, así:
    - Establecer y revisar los criterios generales para la formulación de la política de regulación de precios de medicamentos,
    - Orientar y fijar los mecanismos a través de los cuales el Ministerio de Desarrollo Económico, hará el seguimiento y control de precios de medicamentos
    - Fijar los lineamientos generales para que el Ministerio de Salud desarrolle un programa permanente de información sobre precios y calidades de los medicamentos, con especial énfasis en los medicamentos esenciales.
  2. Régimen de libertad de precios de medicamentos en Colombia:
    Hasta el año 1998 el mercado farmacéutico en Colombia se encontraba bajo el regimen de control de precios. La CNPM en su Circular del 30 de diciembre de 1998, "aprueba el regimen de libertad de precios a los medicamentos a partir del primero de enero de 1999". Sin embargo, se determinó que para los medicamentos de exclusividad terapéutica, entendiéndose como tal aquellos medicamentos que tienen tres o menos laboratorios farmacéuticos que los producen, estarán bajo el régimen de Control Directo
    (el gobierno fija mediante resolución el precio máximo que los productores y distribuidores podrán cobrar).
  3. Primer sistema de reportes periódicos a la CNPM:
    La CNPM en su Circular No. 1 de 1999 imparte instrucciones para el envío de la información para la construcción de la base de datos de medicamentos, define su caracter TRIMESTRAL, fija las fechas de corte de 31 de Marzo, 30 de Junio, 30 de Septiembre y 31 de diciembre de cada año y fija el plazo de los cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de corte para el envío de reportes, tanto en medio magnético como impreso.
  4. Primer monitoreo del Ministerio de Desarrollo Económico:
    El Ministerio de Desarrollo Económico contrata al Centro de Investigaciones sobre Desarrollo (CID) de la Universidad Nacional para adelantar un monitoreo de los precios reportados a la CNPM. El monitoreo de MinDesarrollo, alcanza a publicar los primeros datos en Internet, pero cae rápidamente en desuso y desde el año 2001 la secretaría técnica de la CNPM se limita a distribuir hojas de cálculo con información acumulada de precios reportados.
  5. Primer monitoreo del Ministerio de Salud y "Sistema VMI-CFN"
    El Ministerio de Salud contrata a Medicentro (División Med-Informática) para la construcción de una base de datos de los precios reportados a la CNPM. El monitoreo de MinSalud, alcanza a incorporar los datos reportados del año 1999, pero, la Subdirección de Servicios Farmacéuticos y de Laboratorios, encargada de este monitoreo, es finalmente desarticulada en una reorganización del Ministerio de Salud (hoy de la Protección Social).
    A partir del año 2000, el "Sistema VMI-CFN" (Vademécum Med-Informática - Catálogo Farmacéutico Nacional) inicia la incorporación de precios reportados a la CNPM, a la base de datos farmacoeconómica del SIIM (Sistema Integrado de Información de Medicamentos). El año 2003 la Federación Médica Colombiana crea el Observatorio del Medicamento y decide impulsar el "Sistema VMI-CFN" como el nuevo referente de información farmaco-económica para Colombia. Actualmente, este sistema está consolidado y en su 10a. Edición (2008) cuenta con 4 opciones de acceso por Internet, 4 opciones de suscripción a CDs Base de Datos y 2 versiones impresas.
  6. Circular 04 de 2006 y el nuevo sistema de reportes
    A finales del 2006, la CNPM expidió la Circular 04 y modificó radicalmente el régimen de precios y el sistema de reportes. Eliminó el reporte de Precios Promedio a Distribuidor (PPD) y Precios Sugeridos al Público (PSP) que venía funcionando regularmente desde el año 2002 y los reemplazó por el reporte del Precio Unitario Mínimo (pum) y el Precio Unitario Máximo (PUM) para cada presentación.
    El Artículo 22° de la Circular 01 de 2007 que complementa la 04 de 2006, dice que los Laboratorios y Mayoristas deben reportar:
    a) El valor total de las ventas netas, durante el período, de casa una de las presentaciones por medicamento,
    b) El número total de unidades vendidas, durante el período, de casa una de las presentaciones por medicamento,
    c) El precio unitario más alto y el más bajo de ventas netas, durante el período, de casa una de las presentaciones por medicamento,
    d) El número de la factura o del contrato de menor y mayor precio.


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INSTITUCIONAL

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Precios Institucionales de
Compra y Precios Institucionales Tope)

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Antiepilépticos (31ene08)

Bifosfonatos (Actonel, Actonel + Ca, Aredia, Boniva, Didronel, Fosamax, Fosamax + D, Reclast, Skelid y Zometa) (07ene08)
Colchicina, inyectable (incluyendo fármacos que contienen colchicina (06feb08)
Menopausia terapia hormonal (10ene2008)
Edetato disódico (Endrate y productos genéricos) (16ene2008)
Ezetimiba / simvastatina (Vytorin), Ezetimiba (Zetia), y simvastatina (Zocor): Principios de comunicación de datos de un estudio (25ene2008)
Heparina sódica parenteral 1000 unidades/ml y 30 ml 1OmL Viales (19y29ene08)
Leukina (sargramostim) (19ene2008)
NuCel Labs Eye y Eye / Ear Wash Prod.(31ene2008)
Ortho Evra Parche  anticonceptivo transdérmico (19ene2008)
Vareniclina (Chantix) (01feb2008)

Otras Opciones
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y Encuestados

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Lamentablemente, a más de un año de la expedición de estas Circulares y luego de multiples rectificaciones y postergaciones, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos CNPM no ha publicado aún ningún dato reportado desde finales de 2006, generando un vacío de información regulatoria muy preocupante, por sus consecuencias negativas para la salud pública en general.
  1. Precios Encuestados de OBSERVAMED:
    Luego de analizar las últimas circulares de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y concluir que no resolverán los problemas de información imperfecta que caracterizan este mercado, el Observatorio del Medicamento de la Federación Médica Colombiana decidió que el "Sistema Vademecum Med-Informática - Catálogo Farmacéutico Nacional" incluya precios ENCUESTADOS reales del mercado para reflejar los precios promedio a los que compran las instituciones (PIC), a los que venden los distribuidores (PDE) a los que se venden al público (PPE) y a los que pueden negociarse en los convenios de servicio farmacéutico que toman de base listas tradicionales (PIT).
    Por lo tanto, mientras la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y el SISMED no publiquen datos oficiales, el Sistema VMI-CFN incluirá:
    * El Precio Institucional de Compra (PIC), que corresponde al promedio de listados de "precios institucionales" que se han difundido ampliamente en las negociaciones con entidades. Estos precios,
    - Son sustancialmente menores, porque suponen negociaciones de gran volúmen y menor intermediación. 
    - Están disponibles solo para los productos que se negocian en el sector institucional
    - Son promediados, porque no todas las instituciones pueden obtener los precios excepcionalmente bajos de las licitaciones o "bajastas" de entidades con poder casi "monopsómico".
    * El Precio Distribuidor Encuestado (PDE) que se obtuvo inicialmente del PPD reportado hasta el 2006 más el incremento del índice de precios al productor (IPP) autorizado por la CNPM, a partir del 2do. semestre de 2007 será reemplazado progresivamente por precios encuestados "del" distribuidor y estimaciones con base en el "PPE". Busca mantener los beneficios del Precio Promedio Distribuidor (PPD) que no debió ser eliminado.
    * El Precio Público Encuestado (PPE) que toma datos de precios REALES del mercado. En muchos casos es bastante inferior al antiguo Precio Sugerido al Público (PSP), es decir, corrige las deformaciones que desprestigiaron el anterior sistema de reportes. El Observatorio del Medicamento mantendrá este precio para comparaciones con el Precio Unitario Máximo (PUM) del nuevo sistema, cuando éste se publique.
    * El Precio Institucional Techo (PIT), toma datos de las listas que algunas instituciones continúan utilizando como referencia para descuentos en sus negociaciones de servicio farmacéutico. Estos precios,
    - Son precios máximos, en ocasiones absurdos, que se incorporan a la base solo por su valor legal como referencia en contratos vigentes de servicio farmacéutico.
    - Están disponibles solo para los productos incluidos en las listas de referencia que estos contratos señalan.
    - Se mantendrán en la base, mientras no exista un precio oficial de referencia, o mientras el número de instituciones que lo utilizan sea significativo.
    El siguiente ejemplo tomado al azar muestra las diferencias entre estos precios:

Producto Presentación Laboratorio Ult.PIC Ult.PDE Ult.PPE Ult.PIT
CEFALEXINA 500 mg Caja x 20Tab LA_SANTE 2.600 10.469 12.700 25.367
  Precio Unitario /20 130 523 635 1.268

Favor enviar sus sugerencias y comentarios a andia@observamed.org
El Boletín del Consumidor de Medicamentos BCM, se publica por Internet y puede ser reproducido libremente para que los "pacientes informados" y "consumidores inteligentes" difundan al máximo la información que consideren pertinente.
Ver BCM-FMC No. 00/2008 para GLOSARIO de términos para interpretar la información que se publica por este medio

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