- Primer
sistema de reportes periódicos a la CNPM:
La CNPM en su Circular
No. 1 de 1999 imparte instrucciones para el envío
de la información para la construcción de la base de
datos de medicamentos, define su caracter TRIMESTRAL,
fija las fechas de corte de 31 de Marzo, 30 de Junio, 30
de Septiembre y 31 de diciembre de cada año y fija el
plazo de los cinco (5) días hábiles a partir de la
fecha de corte para el envío de reportes, tanto en
medio magnético como impreso.
- Primer
monitoreo del Ministerio de Desarrollo Económico:
El Ministerio de Desarrollo Económico contrata al
Centro de Investigaciones sobre Desarrollo (CID) de la
Universidad Nacional para adelantar un monitoreo de los
precios reportados a la CNPM. El monitoreo de
MinDesarrollo, alcanza a publicar los primeros datos en
Internet, pero cae rápidamente en desuso y desde el
año 2001 la secretaría técnica de la CNPM se limita a
distribuir hojas de cálculo con información acumulada
de precios reportados.
- Primer
monitoreo del Ministerio de Salud y "Sistema
VMI-CFN"
El Ministerio de Salud contrata a Medicentro (División
Med-Informática) para la construcción de una base de
datos de los precios reportados a la CNPM. El monitoreo
de MinSalud, alcanza
a incorporar los datos reportados del año 1999, pero,
la Subdirección de Servicios Farmacéuticos y de
Laboratorios, encargada de este monitoreo, es finalmente
desarticulada en una reorganización del Ministerio de
Salud (hoy de la Protección Social).
A partir del año 2000, el "Sistema VMI-CFN"
(Vademécum Med-Informática - Catálogo Farmacéutico
Nacional) inicia la incorporación de precios reportados
a la CNPM, a la base de datos farmacoeconómica del SIIM
(Sistema Integrado de Información de Medicamentos). El
año 2003 la Federación Médica Colombiana crea el
Observatorio del Medicamento y decide impulsar el
"Sistema VMI-CFN" como el nuevo referente de
información farmaco-económica para Colombia.
Actualmente, este sistema está consolidado y en su 10a.
Edición (2008) cuenta con 4 opciones de acceso por
Internet, 4 opciones de suscripción a CDs Base de Datos
y 2 versiones impresas.
- Circular 04 de 2006 y
el nuevo sistema de reportes
A finales del 2006, la CNPM expidió la Circular 04 y
modificó radicalmente el régimen de precios y el
sistema de reportes. Eliminó el reporte de Precios
Promedio a Distribuidor (PPD) y Precios Sugeridos al Público
(PSP) que venía funcionando regularmente desde el año
2002 y los reemplazó por el reporte del Precio Unitario
Mínimo (pum) y el Precio Unitario Máximo (PUM) para
cada presentación.
El Artículo 22° de la Circular 01 de 2007 que
complementa la 04 de 2006, dice que los Laboratorios y
Mayoristas deben reportar:
a) El valor total de las ventas netas, durante el período,
de casa una de las presentaciones por medicamento,
b) El número total de unidades vendidas, durante el período,
de casa una de las presentaciones por medicamento,
c) El precio unitario más alto y el más bajo de ventas
netas, durante el período, de casa una de las
presentaciones por medicamento,
d) El número de la factura o del contrato de menor y
mayor precio.
-
Precios Encuestados
de OBSERVAMED:
Luego de analizar las
últimas circulares de la Comisión
Nacional de Precios de Medicamentos y concluir que no
resolverán los problemas de información imperfecta que
caracterizan este mercado, el Observatorio del Medicamento de la Federación Médica Colombiana decidió
que el "Sistema Vademecum Med-Informática - Catálogo
Farmacéutico Nacional" incluya precios
ENCUESTADOS reales del mercado para reflejar los precios
promedio a los que compran las instituciones (PIC), a
los que venden los distribuidores (PDE) a los que se
venden al público (PPE) y a los que pueden negociarse
en los convenios de servicio farmacéutico que toman de
base listas tradicionales (PIT).
Por lo tanto, mientras la Comisión Nacional de Precios de
Medicamentos y el SISMED no publiquen datos oficiales, el
Sistema VMI-CFN incluirá:
* El Precio Institucional de Compra (PIC),
que corresponde al promedio de listados de "precios institucionales"
que se han difundido
ampliamente en las negociaciones con entidades. Estos
precios,
- Son sustancialmente menores, porque suponen
negociaciones de gran volúmen y menor
intermediación.
- Están disponibles solo para los productos que se negocian
en el sector institucional
- Son promediados, porque no todas las instituciones
pueden obtener los precios excepcionalmente bajos de las
licitaciones o "bajastas" de entidades con
poder casi "monopsómico".
* El Precio Distribuidor Encuestado (PDE)
que se obtuvo inicialmente del PPD
reportado hasta el 2006 más el incremento del índice de precios al productor
(IPP) autorizado por la CNPM, a partir del 2do. semestre
de 2007 será reemplazado progresivamente por precios
encuestados "del" distribuidor y estimaciones
con base en el
"PPE". Busca mantener los beneficios del Precio
Promedio Distribuidor (PPD) que no debió ser eliminado.
* El Precio Público Encuestado (PPE) que
toma datos de precios REALES del mercado. En muchos
casos es bastante inferior al antiguo
Precio Sugerido al Público (PSP), es decir, corrige las deformaciones
que desprestigiaron el
anterior sistema de reportes. El Observatorio del
Medicamento mantendrá este precio para comparaciones
con el Precio Unitario Máximo (PUM)
del nuevo sistema, cuando éste se publique.
* El Precio Institucional Techo (PIT), toma datos de las listas que algunas instituciones
continúan utilizando como referencia para descuentos en
sus negociaciones de servicio farmacéutico. Estos
precios,
- Son precios máximos, en ocasiones absurdos, que se
incorporan a la base solo por su valor legal como
referencia en contratos vigentes de servicio
farmacéutico.
- Están disponibles solo para los productos incluidos
en las listas de referencia que estos contratos señalan.
- Se mantendrán en
la base, mientras no exista un precio oficial de
referencia, o mientras el número de instituciones que
lo utilizan sea significativo.
El siguiente ejemplo tomado al azar muestra las
diferencias entre estos precios:
| Producto |
Presentación |
Laboratorio |
Ult.PIC |
Ult.PDE |
Ult.PPE |
Ult.PIT |
| CEFALEXINA
500 mg |
Caja
x 20Tab |
LA_SANTE |
2.600 |
10.469 |
12.700 |
25.367 |
| |
Precio
Unitario |
/20 |
130 |
523 |
635 |
1.268 |
|
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Favor enviar
sus sugerencias y comentarios a andia@observamed.org
El Boletín
del Consumidor de Medicamentos BCM, se publica por
Internet y puede ser reproducido libremente para que
los "pacientes informados" y "consumidores
inteligentes" difundan al máximo la información que
consideren pertinente.
Ver
BCM-FMC No.
00/2008 para GLOSARIO de términos para
interpretar la información que se publica
por este medio
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