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Boletín Informática&Salud - Boletín del Consumidor de Medicamentos

BIS-BCM
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08a14ago16

Federación Médica Colombiana FMC y Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia CNQFC reiniciamos campaña educativa "Elijamos Sabiamente" dirigida a  profesionales de la salud y pacientes
Año del Centenario del Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá y 80 Aniversario de la Federación Médica Colombiana

Iniciativa Vigilancia Activa de Observamed-FMC-CNQFC N°48
El sistema de salud está indefenso
De Imatinib a Nilotinib y Dasatinib: Se necesitan acciones urgentes de la CNPM
A 60 días de la
Resolución 2475 de 14/junio/2016 la nueva CNPMyDM aún no fijó el nuevo precio de IMATINIB y no aplicó la regulación por PRI a los productos de la Circular 04 de 2012. Casos de Imatinib, Nilotinib y Dasatinib muestran necesidad de más acciones de nuevas autoridades regulatorias.

1. Según ventas reportadas a Sismed 2012-2015 existirían demasiados casos de resistencia o intolerancia a IMATINIB
El gráfico N°1 muestra la recuperación de las ventas de Glivec (Imatinib de Novartis) que venía decayendo hasta 2014 (barras doradas) y el crecimiento constante de las ventas de Tasigna (Nilotinib, también de Novartis, en barras rojas) que evoluciona tan dinámicamente como Sprycel (Dasatinib de Bristol Myers Squibb, en barras azules). Lo preocupante de este gráfico está en que la indicación básica aprobada para Nilotinib y Dasatinib es "casos de resistencia o intolerancia a Imatinib".
  Gráfico N°1: Evolución ventas de 3 NIBS en PesosCol s/Sismed 2012 a 2016 

a) La disminución de las ventas de Glivec hasta 2014 se debía a la presencia de competidores y su recuperación del 2015 se debe al retiro de esos competidores
b) El crecimiento de ventas de Tasigna, casi duplica la participación de Novartis
c) La dinámica tan creciente de las ventas de Tasigna y Sprycel sugiere una gran cantidad de casos de resistencia o intolerancia a Imatinib (lo que está por verse).

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CNQFC Teléfono 031-7501142
Sobre la declaratoria de interés público de Imatinib
Ver página del Ministerio de Salud
Ver Pruebas Decretadas en RID
Resolución 2475 14jun16 Declara
Interés Público
14jun16
| ARMI

2. Aumento exagerado de precios regulados de NILOTINIB y su posible uso en indicaciones no aprobadas
El gráfico N°2 muestra la pantalla de seguimiento del producto TASIGNA 200 mg CUM 19988218-08 en el Sistema VMI-CFN, donde pueden observarse dos hechos prominentes:

2.1. TASIGNA (Nilotinib de Novartis) fue beneficiado con el aumento indiscriminado del 11.11% de la Circular 01 de 2016
Como se dijo en el Boletín 24 de 2016 el aumento indiscriminado del 11.11% que estableció la Circular 01 de 2016 "favorece -paradójicamente- a productos que por lo menos debieron mantener inalterados sus precios regulados". Tasigna de Novartis es uno de esos casos.

Nótese que el precio máximo reportado por Tasigna 100 mg (canales institucional y comercial) fue de COP 7.778.640 en 2015 y el primer trimestre de 2016, pero el precio máximo de venta (PMV) de la Circular 01 de 2016 (celdas rojas del gráfico N°2) pasa a ser de COP 9.293.482. Es decir, el aumento luce exagerado.

2.2. Del registro sanitario de TASIGNA se entiende que está indicado UNICAMENTE en casos de resistencia o intolerancia a IMATINIB
Textualmente, la indicación aprobada por el INVIMA dice: "TRATAMIENTO DE LA FASE CRÓNICA Y ACELERADA DE LA LEUCEMIA MIELOIDE CRÓNICA ASOCIADA AL CROMOSOMA FILADELFIA (PH POSITIVO), EN PACIENTES ADULTOS CON RESISTENCIA O INTOLERANCIA A POR LO MENOS UN TRATAMIENTO PREVIO QUE INCLUYA IMATINIB" por lo tanto, existen dos posibilidades: O estamos frente a una especie de "pico epidemiológico" de casos con resistencia o intolerancia a IMATINIB, o existen casos en que Tasigna (el Nilotinib de Novartis) está siendo prescrito en indicaciones no aprobadas

 GráficoN°2: Aumento exagerado de precio regulado de TASIGNA (NILOTINIB de Novartis) e indicación aprobada por INVIMA en el registro sanitario 

3. DASATINIB: De regulación por VMR a regulación poco útil por PRUmC y su posible uso en indicaciones no aprobadas
El gráfico N°3 muestra la pantalla de seguimiento del producto SPRYCEL 100 mg CUM 20002502-01 en el Sistema VMI-CFN, donde al igual que con las opciones menos vendidas 20, 50, 70 y 140 mg (o no vendidas como 80 mg) pueden observarse tres hechos prominentes:

3.1. SPRYCEL (Dasatinib de BMS) fue excluido del régimen de control directo y pasó a ser regulado por VMR desde la Circular 04 de 2013
En efecto, el artículo 2 de la Circular 04 de 2013 excluyó SPRYCEL (en todas sus concentraciones) del régimen de control directo establecido por la Circular 04 de 2012 (que fijaba el precio COP 2.568,27 por mg) y les fijó Valores Máximos de Recobro por el mismo valor.  Ejemplo: SPRYCEL 100 mg, que según Circular 04 de 2012 tenía un PMV de 7.704.810 (2.568,27xmg x100x30=7.704.810) con el artículo 2 de la Circular 04 de 2013 pasó a tener un VMR del mismo valor (7.704.810). Luego, el artículo 3 de Circular 05 de 2013 ratificó el VMR de CUM 20002502-01 en 7.704.810.

3.2. El artículo 6° de la Circular 01 de 2016 fija algunos "Precios de Referencia por Unidad Mínima de Concentración" demasiado elevados
El gráfico N°3 muestra que en ningún caso los precios reportados por Sprycel 100 mg (Dasatinib de Bristol Myers Squibb) pasan de COP 6.879.300. Por lo tanto, el pasar de un VMR de COP 7.704.810 a un PRUmC (Precios de Referencia por Unidad Mínima de Concentración) de 9.438.000 (celdas rojas) puede ser inútil o resultar incluso perverso. Inútil, en los casos de autoregulación o regulación por competencia, donde el laboratorio no maximiza las flexibilidades que permite la regulación. Perverso, si algún actor decide aprovechar la flexibilidad permitida por un PRUmC elevado y sube sus precios hasta límites permitidos por la norma y así la regulación termina induciendo el aumento de los precios en lugar de su reducción.

3.3. El registro sanitario de SPRYCEL también dice que está indicado en casos de resistencia o intolerancia a IMATINIB
Textualmente, la indicación aprobada por el INVIMA dice: "ACTA Nº 9 DE 07/03/2011 NUMERAL 3.14.21:ESTÁ INDICADO PARA EL TRATAMIENTO DE ADULTOS CON: . LEUCEMIA MIELOIDE CRÓNICA (LMC) CON CROMOSOMA PHILADELPHIA POSITIVO (PH+) EN FASE CRÓNICA DE DIAGNÓSTICO RECIENTE. . LMC PH+ EN FASE CRÓNICA, ACELERADA, O MIELOBLÁSTICA O LINFOBLÁSTICA CON RESISTENCIA O INTOLERANCIA A TRATAMIENTO PREVIO, INCLUIDO IMATINIB. . LEUCEMIA LINFOBLÁSTICA AGUDA CON CROMOSOMA PHILADELFIA POSITIVO (LLA PH+) CON RESISTENCIA O INTOLERANCIA A TRATAMIENTO PREVIO" por lo tanto, existe la posibilidad de que esté siendo prescrito en casos sin resistencia a intolerancia a IMATINIB.

   Gráfico N°3: Aumento exagerado del PRUmC de DASATINIB, relación con Sprycel-BMS e indicación aprobada por INVIMA en el registro sanitario   

4. ETERSA: Competidor de Sprycel, con regulación poco útil por PRUmC y posible uso en indicaciones no aprobadas
El gráfico N°4 muestra la pantalla de seguimiento del producto ETERSA 100 mg CUM 20072872-05 en el Sistema VMI-CFN donde -al igual que con las opciones menos vendidas de 50 y 70 mg- pueden observarse dos hechos prominentes:

4.1. Algunos "Precios de Referencia por Unidad Mínima de Concentración" del artículo 6° de la Circular 01 de 2016 son realmente poco útiles
El gráfico N°4 muestra que en ningún caso los precios reportados por Etersa 100 mg (Dasatinib de Synthesis-Abbott) pasan de COP 6.990.000. Por lo tanto, el PRUmC (Precio de Referencia por Unidad Mínima de Concentración) de COP 9.438.000 (celdas rojas) resulta poco útil. Induce a los productos competidores a elevar sus precios al nivel de la marca pionera (antes monopólica)
y así, este tipo de regulación, puede terminar aumentando los precios en lugar de favorecer su reducción.

4.2. El registro sanitario de ETERSA también dice que está indicado en casos de resistencia o intolerancia a IMATINIB
Textualmente, la indicación aprobada por el INVIMA dice: "LEUCEMIA MIELOIDE CRONICA (LMC) CON CROMOSOMA PHILADELPHIA POSITIVO (PH+) EN FASE CRONICA DE DIAGNOSTICO RECIENTE. LMC PH+ EN FASE CRONICA, ACELERADA, O MIELOBLASTICA O LINFOBLASTICA CON RESISTENCIA O INTOLERANCIA A TRATAMIENTO PREVIO, INCLUIDO IMATINIB. LEUCEMIA LINFOBLASTICA AGUDA CON CROMOSOMA PHILADELFIA POSITIVO (LLA PH+) CON RESISTENCIA O INTOLERANCIA A TRATAMIENTO PREVIO. ACTA 09/2011, NUMERAL 3.14.21" por lo tanto, existe la posibilidad de que esté siendo prescrito en casos sin resistencia a intolerancia a IMATINIB.

  Gráfico N°4: Regulación por PRUmC poco útil de ETERSA (DASATINIB Synthesis-Abbott) e indicación aprobada por INVIMA en el registro sanitario   

5. Vencido el plazo de 60 días fijado por la Circular 01 de 2016, es urgente que la nueva CNPMyDM defina el nuevo precio regulado de GLIVEC,  aplique la regulación por PRI a productos de la Circular 04 de 2012 y rectifique errores de PRUmP
Los gráficos N°1 a N°4 del presente informe, muestran las cifras millonarias que se mueven con estos productos y permiten imaginar las pérdidas millonarias de recursos del sistema de salud, por cada día de retraso de las medidas regulatorias que el propio gobierno se comprometió a adoptar. Por lo tanto -vencido el plazo de 60 días fijado por la Circular 01 de 2016- es urgente que la nueva Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos CNPMyDM defina el nuevo precio regulado de GLIVEC, aplique la regulación por PRI a los productos de la Circular 04 de 2012 y rectifique inconsistencias de los Precios de Referencia por Unidad Mínima de Concentración de la Circular 01 de 2016.

Ver Derechos de petición de VCACELAPSS al Ministerio de Salud sobre Nilotinib en indicaciones no aprobadas por INVIMA y Recobros con Nilotinib y Dasatinib y a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos CNPMyDM sobre Cumplimiento Circular 01 de 2016 y Revisión del caso DASATINIB y de los Precios de Referencia por Unidad Mínima de Concentración PRUmC de la Circular 01 de 2016.

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Año del Centenario del Colegio Médico de Cundinamarca  y Bogotá
y 80 aniversario de la Federación Médica Colombiana

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