Cada uno de los
pronunciamientos anteriores tiene un enlace a cada documento mencionado y a un
archivo de reserva. La lectura de los mismos muestra una sorprendente
uniformidad de argumentos, aunque los términos amenazantes no son iguales.
Llama la atención que el documento de la SIC resulta más agresivo que los
documentos de los propios interesados.
2.
Urge un pronunciamiento de la nueva CNPMyDM y del nuevo Director de
Medicamentos de MinSalud
A principios de junio CM&
registró declaraciones del Ministro Alejandro Gaviria señalando “Lo que vamos a hacer es utilizar una metodología distinta a la que hay, que simula las condiciones de competencia que alguna vez existió. Esa metodología lograría una reducción de precios entre 40 y 50%, es el estudio técnico que se le presentará a la comisión”.
Además, CM&
anotó "El Ministerio no le quitará la patente a Novartis, sino que le fijará un nuevo precio. El precio máximo de venta del Glivec se determinará en los próximos días".
Hoy, a 53 días de la Resolución
2475, ni la nueva Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y
Dispositivos Médicos, ni el nuevo Director de Medicamentos del Ministerio de
Salud, se pronunciaron al respecto y ese silencio pasa a ser preocupante.
Sin duda, la opinión pública espera alguna señal de las nuevas autoridades
regulatorias y -por su parte- las organizaciones de la sociedad civil, esperan que la
reducción del precio de Glivec sea efectivamente del 40 o 50% y la decisión
se publique de una buena vez. Ver DP VCACELAPSS.
3. Efectivamente
la regulación por PRI fue insuficiente y una reducción del 40 o 50% en el precio
de Glivec sería razonable
El gráfico N°2 compara el PUPP de los
reportes a SISMED (2012 a 2016) de Glivec 100 mg x 180 tabletas y 400 mg x 30
comprimidos (PUPP es el Precio Unitario Promedio de la
Presentación, que se
obtiene dividiendo el total de ventas reportadas en COP por canal comercial e
institucional, entre el total de ventas en unidades, también de los dos
canales). Nótese que efectivamente la reducción de precio de Glivec fue
mínima.
Gráfico N°2: Regulación PRI insuficiente. PUPP s/Sismed 2012 a
2016
 |
Gráfico N°3: Posible regulación con Declaratoria de Interés
Público DIP
 |
El gráfico N°3 compara los
precios por miligramo reportados por Glivec a Sismed 2016, tanto en su forma
de 100 mg x 180, como 400 mg x 30 comprimidos. En ambos casos el precio por
miligramo fue de COP 342. Si a estos precios se les aplica una
reducción del 40%, el posible nuevo precio regulado por Declaratoria de
Interés Público DIP, sería de COP 205, superior a la propuesta
inicial del Ministerio a Novartis que fue de COP 140.
Conclusión: El asunto
de la Declaratoria de Interés Público ya fue suficientemente debatido y el ministro Alejandro Gaviria ya tomó una decisión. Sería inaudito que el
gobierno cediese a las pretensiones de las organizaciones
del "lobby"
farmacéutico mundial
y revoque la Resolución
2475. Lo urgente es que la nueva Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y
Dispositivos Médicos (CNPMyDM) y el nuevo Director de Medicamentos del Ministerio de
Salud, se pronuncien sobre este tema y sigan los lineamientos trazados
públicamente por el ministro.
Envíe sus aportes y
comentarios a observamed.fmc@gmail.com
o trine con @OBSERVAMED
Sobre
conflictos de interés:
La iniciativa "Elijamos
Sabiamente" de la Federación
Médica Colombiana FMC y el Colegio
Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia CNQFC, no recibe ninguna retribución monetaria, ni en
especie, de ninguna entidad pública ni privada, que pueda comprometer
la independencia de sus investigaciones e informes.
|