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Boletín Informática & Salud - Boletín del Consumidor de Medicamentos
| ISSN-0121-4675 | Res.Min.Gob.0036/91 | Web Mail | Año 22 (1991-2012) N°18/2012 | Bogotá, 30/abr/2012 a 06/may/2012

 

Noticias Federación Médica Colombiana
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Federación Médica Colombiana: 75 años trabajando por la profesión médica, su ejercicio ético y la salud de los colombianos. Ahora impulsa la Veeduría Ciudadana de los Aspectos Científicos, Económicos y Legales del Acceso y la Prestación de Servicios de Salud VCACELAPSS

OBSERVAMED publica informe "Acceso a Medicamentos Biotecnológicos: Ventas en Colombia 2008 a 2011 y Precios comparativos con España" (Bis2de2)
FMC estima en Col$ 668.431 millones sobrecostos con productos biotecnológicos según reportes a Sismed 2008/10. Con solo 3 productos Roche los sobrecostos llegan a Col$ 227.415 millones

El Observatorio del Medicamento de la Federación Médica Colombiana, hizo público un informe que analiza precios y ventas reportadas a Sismed 2008-2010 de una muestra de 48 medicamentos biotecnológicos. El estudio comparó los precios reportados por los laboratorios con precios 2011 de España y encontró sobrecostos en por lo menos 30 productos, por los montos que se mencionan en el título de esta nota. El informe, elaborado por el Dr. Joel Miller de la  Universidad Estatal de Wayne (Michigan) concluye así: Ver Informe completo en PDF.

3.    Conclusiones:

Esta observación empírica, basada en datos de ventas que las mismas farmacéuticas reportan al Sistema de Información de Medicamentos – SISMED del hoy Ministerio de Salud y Protección Social, mostró que una muestra de 48 medicamentos biotecnológicos reportó ventas acumuladas de COP 2.793.152 millones (2,79 billones) o US$ 1.522.070.936, entre los años 2008 a 2011.

Al valorizar las unidades vendidas en Colombia con precios internacionales equivalentes a su precio de referencia en España del año 2011, resultaron sobrecostos del orden de COP 668.431 millones, en productos con principio activo, forma farmacéutica, concentración, presentación, nombre comercial y propietario igual o equivalente, cuyo precio en Colombia resultó mayor que en España.

Este resultado contradice las afirmaciones de algunas farmacéuticas que dicen aplicar con sus productos precios diferenciales favorables a los países menos desarrollados. En este caso concreto de medicamentos biotecnológicos -en su mayoría monopólicos- resultó evidente la situación contraria: Los precios en Colombia, resultaron ser mayores que en España, un país miembro de la Unión Europea.

Este resultado confirma las afirmaciones de los investigadores que atribuyen a los medicamentos biotecnológicos –especialmente los monopólicos- el mayor impacto en la grave crisis financiera del sistema de salud colombiano. Los grupos más importantes resultaron ser:

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  • Los Anticuerpos monoclonales, que reportaron ventas por COP 1.469.926 millones en los 4 años, con un sobreprecio estimado de COP 334.138 millones en 8 a 12 medicamentos.

  • Dentro el anterior grupo, tres productos de Roche, Rituximab (Mabthera®), Trastuzumab (Herceptín®) y Bevacizumab (Avastín®) que reportaron ventas por COP 722.633 millones en los 4 años, con un sobreprecio estimado en COP 235.491 millones.

  • Las Enzimas recombinantes, que reportaron ventas por COP 595.540 millones en los 4 años con un sobreprecios estimado de COP 227.415 millones en 6 a 11 medicamentos.

  • Las Citocinas, que reportaron ventas por COP 355.612 millones en los 4 años, con un sobreprecio estimado de COP 93.501 millones en 3 a 5 medicamentos.

Al analizar la evolución anual del estimado de sobrecostos en los Anticuerpos monoclonales se aprecia que tuvieron un crecimiento de COP 78.658 millones el 2008, a COP 100.640 millones el 2009 y COP 116.697 millones   el 2010 para luego reducirse a COP 38.144 millones el 2011. (Total COP 334.138 millones).

Tres Anticuerpos monoclonales de Roche, Rituximab (Mabthera®), Trastuzumab (Herceptín®) y Bevacizumab (Avastín®) tuvieron un crecimiento en el estimado de sobrecostos de COP 52.393 millones el 2008, a 76.692 millones el 2009 y 82.840 millones      el 2010, para luego bajar a 23.566 millones el 2011. (Total COP 235.491 millones).

Las Enzimas recombinantes de este estudio tuvieron un crecimiento en el estimado de sobrecostos de COP 40.664 millones el 2008 a COP 51.579 millones el 2001, COP 53.300 millones el 2010 y COP 81.872 millones, es decir, se trata del único grupo en el que no se reducen los sobrecostos el año 2011. (Total COP 227.415 millones).

Las Citocinas tuvieron un crecimiento en el estimado de sobrecostos de COP 21.906 millones el 2008, a COP 30.617 millones el 2009 y COP 32.326 millones el 2010, para bajar hasta COP 9.859 millones el 2011. (Total COP 93.501 millones).

Por lo tanto, es notoria la reducción de sobrecostos del año 2011, con excepción del grupo Enzimas recombinantes, que tiene una evolución contraria, básicamente por influencia del Factor VIIa Recombinante (Novoseven®) y el Factor VIII Complejo Coagulante Anti-Inhibidor (Feiba) que tuvieron las mayores ventas acumuladas (COP 140.097 millones y COP 141.327 millones) y los mayores sobreprecios acumulados del subgrupo Antihemofílicos (COP 95.227 millones y 85.194 millones, respectivamente). Nótese que al Factor VIIa Recombinante (Novoseven®) se le asignó un Valor Máximo de Recobro (VMR) muy superior a los precios internacionales y que el Factor VIII Complejo Coagulante Anti-Inhibidor (Feiba) no tiene asignado Valor Máximo de Recobro (VMR).

 Figura 2. Efecto Valores Máximos de Recobro (VMR) 2010-2011 

La Figura N°2 muestra que, después de las Resoluciones 05, 1020, 3026, 3470 y 4316 de 2011, el estimado de sobrecostos de una muestra de 48 biotecnológicos -que creció de 143.931 millones el 2008 a COP 186.523 millones el 2009 y 213.800 millones el 2010- el año 2011 se redujo a COP 137.492 millones.

Al relacionar estos datos con la evolución de las unidades vendidas (ver tablas) puede concluirse que, la fijación de Valores Máximos de Recobro detuvo -efectiva y realmente- el crecimiento de sobrecostos.

Pero, esta solución es aún parcial e insuficiente, porque –como pasa con los biotecnológicos de mayor impacto no incluidos en el POS- los Valores Máximos de Recobro siguen siendo superiores a los precios internacionales y porque, a varios de ellos, no se les ha definido aún un VMR.

Por lo tanto, la nueva Política Farmacéutica Nacional y el nuevo régimen de regulación de precios que prepara el actual gobierno, deben perfeccionar este y otros mecanismos que permitan –como mínimo- el respeto de los precios internacionales y en lo posible el desarrollo de condiciones objetivas que multipliquen los casos en que estos medicamentos tienen precios más favorables en Colombia.

Sobre el uso de importaciones paralelas como flexibilidad estipulada en el Acuerdo sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual (ADPIC) puede decirse que la simple amenaza de su aplicación produjo algunos resultados iniciales (Acuerdo Roche), pero se desconocen los alcances reales de su aplicación en Colombia. Este estudio no pudo medir su efecto real, porque se basa en reportes de los laboratorios y las importaciones paralelas no son detectables por esa vía.

Sobre el uso de otras flexibilidades estipuladas en el Acuerdo sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual (ADPIC) -como las licencias obligatorias, que algunos países aplican con éxito- puede decirse que hasta la fecha su aplicación no fue posible en Colombia[1].

La única experiencia en este campo, fue la iniciativa de la Mesa de Organizaciones que trabajan en VIH/SIDA, la Red Colombiana de Personas que viven con VIH, así como las fundaciones IFARMA y Misión Salud que a mediados del 2008 presentaron una petición oficial ante la Presidencia de la República, el Ministerio de la Protección Social y la Superintendencia de Industria y Comercio para que se expida una Licencia Obligatoria Abierta para el medicamento Lopinavir-Ritonavir (Kaletra) por motivos de Interés Público.[2] La petición fue denegada y estas organizaciones de la sociedad civil adelantaron una Acción Popular que acaba de ser fallada (29/febrero/2012) por el Tribunal 37 Civil del Circuito de Bogotá.[3] La sentencia –parcialmente favorable a la petición- fue apelada por ambas partes y sigue su curso legal. Mencionamos este caso en este informe, porque se trata de un caso inédito, donde organizaciones de la sociedad civil avanzan por el camino de defensa de la salud pública, que debiera ser recorrido por el propio gobierno.

Sin embargo, otras organizaciones de pacientes, adoptaron una actitud diferente ante una iniciativa del actual gobierno que busca expedir la normatividad para el registro de biofármacos en Colombia. El gobierno no ocultó su propósito de abrir la competencia en ese mercado, pero, algunas asociaciones de pacientes adoptaron una posición coincidente con AFIDRO[4] (la agremiación de las multinacionales propietarias de biotecnológicos monopólicos en Colombia), cuyos voceros no dudaron en afirmar que Colombia se convertiría en el “paraíso de medicamentos de mala calidad”[5]

Sin duda, las posibilidades de apertura del mercado de Biotecnológicos por la vía de flexibilidades de los mecanismos de protección de la propiedad intelectual, son mínimas, porque en este campo, se patentan también los procesos de fabricación. Sin embargo, la protección de datos de prueba es un mecanismo donde algo puede hacerse todavía en Colombia, donde el Decreto 2085 extiende dicha protección por 5 años, mientras la administración Obama ya aceptó los 12 años. A la fecha, la posibilidad de usar la clausula sobre “esfuerzo considerable” que está contemplada en la norma colombiana y cuya intención es premiar la inversión realizada en el desarrollo de la tecnología, no ha sido utilizada adecuadamente y de 122 solicitudes de protección de datos se han otorgado el 81%[6]. La generosidad en otorgar protección de datos de prueba (que equivale a otorgar una patente express) está retrasando el ingreso de competencia al mercado de biotecnológicos y amenaza sensiblemente las finanzas del sistema de salud.

En todo caso, la apertura de este mercado a medicamentos “biosimilares” es un tema que sigue debatiendo en Colombia, pese a que el informe anual al Representante Comercial de los Estados Unidos en relación con el artículo especial 301 de la Ley de Comercio de ese país  (Pharmaceutical Research and Manufacturers of America (PhRMA), 2012)[7] afirma que la regulación ya fue expedida y sin mayor debate. Está en circulación un segundo proyecto[8] y un resumen comparativo con el anterior, que hasta el momento, parecen tener mejor acogida.

Ante la utilidad parcial de todas las medidas mencionadas, la Federación Médica Colombiana, propuso estudiar dos mecanismos adicionales inéditos en Colombia: Negociación de Precios de Entrada y Compras centralizadas.

La negociación de precios de entrada (ex-ante) para obtener precios iguales o mejores que el referente internacional a cambio del acceso al mercado colombiano y las compras centralizadas (ex-post) para mejorar términos de negociación y generar economías de escala. Según la FMC, el experimento fallido de CAPREMED no debe servir para abandonar la idea de las compras centralizadas, sino para corregir el proyecto e implementarlo mejor.

En cuanto a las medidas para regular el consumo, debe resaltarse la inclusión inicial de Rituximab y Trastuzumab en el Plan Obligatorio de Salud (POS), mediante el Acuerdo 29 de la Comisión de Regulación en Salud (CRES) de 30 de diciembre de 2011.

Esta medida, sin duda, cambia de bando a las Empresas Promotoras de Salud (EPS),es decir, las pasa de “ser parte del problema” a “ser parte de la solución”, con dos Anticuerpos monoclonales muy importantes en recobros. Antes, las EPS podían recobrar estos medicamentos biotecnológicos “a cualquier precio” y ahora tendrán que pagarlos con recursos de la UPC[9], que sin lugar a dudas, son más inelásticos. Si el experimento resulta exitoso, se espera que se multipliquen las inclusiones de este tipo de productos en el Plan Obligatorio de Salud (POS).

Finalmente, el tema de los recobros ensombrece mucho más el panorama del financiamiento de los biotecnológicos. Y tal como se dijo en la introducción, no se tiene aún información depurada que permita precisar el monto real efectivamente pagado durante la gestión del “Consorcio Fidufosyga 2005”. La Superintendencia Nacional de Salud, en respuesta a un derecho de petición de la FMC, dijo que solo en los años 2007 a 2010 ese monto superó los COP 5.800.000.000.000. El Consorcio y el Ministerio del ramo -también en respuesta a derechos de petición de la FMC- terminaron aceptando que la información magnética de esos recobros NO coincide con la documentación física de respaldo. Finalmente, el nuevo administrador fiduciario Consorcio SAYP, dijo estar revisando la información y hasta la fecha, no la entregó.

En este contexto, la magnitud del problema puede intuirse con el análisis de solo tres infografías difundidas por la FMC, que muestran el caso de tres Anticuerpos monoclonales de la multinacional Roche, con los estimados de sobreprecios mencionados al principio de este informe, junto con datos de recobros. El primero de ellos, Rituximab (Mabthera®) es emblemático porque se basa en datos que la FMC cuestionó por tener valores unitarios superiores a COP 130 millones (cada ampolla!), fueron corregidos, y se incluyeron en otra muestra de 170 recobros con valores unitarios superiores a COP 100 millones y también se corrigieron.

Figuras 3 a 5: Infografías de sobreprecios y recobros de tres Anticuerpos monoclonales

Ver Infografía de Rituximab (Mabthera®), Trastuzumab (Herceptín®), Bevacizumab (Avastin®).

De acuerdo con estas infografías, en el cuatrienio 2008-2011, el gasto social con Rituximab superó los COP 472.000 millones, con Trastuzumab los COP 304.000 millones y con Bevacizumab los COP 201.000 millones. Una verdadera hemorragia financiera.

El caso concreto de estos tres biotecnológicos puede considerarse parcialmente resuelto por la vía de la inclusión en el POS de los dos primeros y posible salida del mercado del tercero (por cuenta de la FDA que negó su utilidad en las indicaciones aprobadas en Colombia). Pero, con los demás medicamentos biotecnológicos, el problema mantiene sus dimensiones apocalípticas, para las finanzas de la salud pública.

Ver Informe completo en PDF.


[1] Ver Capítulo 4 de The invisible threat: trade, intellectual property and pharmaceutical regulations in Colombia
[2] Ver Nota de prensa del 17 de julio de 2008
[3] http://www.citizen.org/documents/Colombian%20court%20decision%20summary.pdf 
[4] Ver campaña de AFIDRO en Nota de prensa 1, Nota de prensa 2, Nota de prensa 3, Presentación Foro.
[5] Ver Nota de Portafolio.
[6]  Ver el estudio de la serie Buscando Remedio, Impacto de 10 años de protección de datos en medicamentos en Colombia de la Fundación IFARMA.
[7] Ver páginas 3 y 4 del documento Biológicos y biotecnológicos: una oportunidad para Colombia del Dr. Luis Guillermo Restrepo V.
[8] Ver Archivo de reserva del 2° Proyecto y del Resumen comparativo.
[9] Unidad de Pago por Capitación: Monto de recursos que el estado asigna a las EPS para atender el plan de beneficios del POS.

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