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Boletín Informática & Salud Boletín del Consumidor de Medicamentos
| ISSN-0121-4675 | Res.Min.Gob.0036/91 | Web Mail | Año 22 (1991-2012) N°43/2012 | Bogotá, 22/oct/2012 a 28/oct/2012

 

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Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá: 93 años defendiendo la salud pública y el ejercicio ético de la profesión médica

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LuchaDesigual!

Demandado Decreto 4474 de 2010 verACHC/AR Serie PFN 8/10
Consejo de Estado aceptó demanda contra Decreto de Valores Máximos de Recobro y puede devolvernos al escenario catastrófico que dejó el anterior gobierno
FMC afirma que
el Ministerio de Salud pierde capacidad regulatoria y si no logra que la CNPMyDM ratifique todos los VMR del MSyPS, este será otro factor que agravará aún más la crisis financiera del sistema.

Sumario:
En esta 8a. entrega de la serie PFN-2012, OBSERVAMED contextualiza la demanda contra el Decreto 4474 de 2010 y su aceptación por el Consejo de Estado (que suspenderá la aplicación de los Valores Máximos de Recobro-VMR). Esta suspensión no afectará los VMR ratificados como Precios Máximos de Venta-PMV por las Circulares 01 de 2011 y 01 de 2012. La FMC considera que esta decisión, puede neutralizar el principal (léase único) mecanismo de regulación de precios, de la administración Santos y
que, por esta vía, el objetivo de reducción de los recobros a medio billón anual a partir de 2014 (fijado por la recién aprobada PFN-2012 pág.44) ya no es difícil, simplemente es una utopía.

1. Hechos

El pasado 19 de octubre, una nota del Noticiero CM& informó que el Consejo de Estado aceptó una demanda contra un Decreto (el 4474/AR) que facultaba al Ministerio de Salud y Protección Social para fijar Valores Máximos Recobro (VMR) para productos de alto impacto en los recobros al Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA.

Sorprendentemente, ninguno de los grandes medios se refirió al asunto . Y nadie pareció darse cuenta de la gravedad de la situación. La sección de noticias del MSyPS tampoco publicó ninguna nota al respecto.

En la nota de CM&, el ministro Alejandro Gaviria, aclaró que gracias a esos VMR, los recobros al FOSYGA se habían reducido, de 2,3 billones el 2010 a 1,6 billones el 2011 y que al ser aceptada la demanda por el Consejo de Estado y quedar en suspenso este mecanismo, nos encontramos frente a un grave "problema fiscal".

En efecto, quedan temporalmente en suspenso todas las Resoluciones que el ex-ministro Mauricio Santa María y la ex-ministra Beatriz Londoño expidieron en su intento de contener la catástrofe de los recobros. Quedan sin efecto las Resoluciones 5229 de 2010; 05, 1020, 3026, 3470 y 4316 de 2011, e incluso la 2569 de 2012, con la cual los expertos del MSyPS afirmaron que habían logrado controlar los precios de recobro del 98% de los productos de mayor impacto.

Esta decisión del Consejo de Estado no afecta las Circulares de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPMyDM), por lo tanto, quedan en pie los Precios Máximos de Venta (PMV) de las Circulares 01 de 2011 y 01 de 2012 que ratificaron los VMR de varios de estos productos.

Sin embargo, OBSERVAMED ya había puesto en duda la utilidad de los PMV de la Circular 01 de 2011 (BIS-BCM#01de2012) y de la 01 de 2012 (BIS-BCM#37de2012) básicamente porque ambas circulares afectan pocos principios activos y porque fijan PMV superiores a precios de referencia internacional, para los productos de mayor impacto.

Debate sobre medicamentos
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Acceso a Medicamentos Biotecnológicos: Ventas en Colombia 2008 a 2011 y Precios comparativos con España

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Por lo tanto, con PMV discutibles y sin capacidad de implementar otros mecanismos de regulación más eficientes, el objetivo de reducir los recobros a medio billón anual a partir del 2014 (fijado por la recién aprobada PFN-2012 pág.44) ya no es difícil, simplemente es una utopía.

En la nota de CM&, el ministro Gaviria, parecía realmente preocupado y con justa razón. Fue columnista destacado, actor protagónico de muchos debates públicos y decano de economía de la Universidad de Los Andes. Conoce la magnitud del problema de los recobros así como la complejidad de su solución. Y acaba de recibir una lección de lo "duro"  que juegan los intereses que se mueven en el multibillonario negocio farmacéutico. Solo falta ver la talla que mostrará su ministerio en esta pelea.

2. Antecedentes del Decreto 4474 / AR y su posible nulidad

Recordemos que la política de desregulación de precios de medicamentos del octenio 2003-2010 generó un crecimiento exponencial de los recobros, que agudizó y contribuyó a precipitar la crisis financiera del sistema de salud que todos conocemos.

Al finalizar la administración Uribe, el entonces ministro Palacio B., reconoció los errores de esa política (ver BIS-BCM#24de2010 y Portafolio), y expidió varias medidas que según la FMC sirvieron más para la campaña mediática, que para resolver realmente el desastre de los recobros. Esas medidas fueron:

  • El Decreto 1313 de importaciones paralelas y las Resoluciones 1424, 1499 y 1663, que listaron 191 productos de alto impacto en recobros que podían importarse sin autorización de los titulares de sus registros sanitarios y la Resolución 1662 que excluyó de esa lista 12 productos de Roche,
  • La Circular 03 de 2010, que llevó 925 medicamentos a régimen de libertad regulada, pero que la FMC llamó "falsa regulación" porque a esos productos no se les fijaron precios de referencia y porque el MPS no publicó los precios reportados por los mismos, para hacer efectiva la norma que restringía sus incrementos al Indice de Precios al Productor (IPP, con base en el último precio reportado).
  • La Circular 04 de 2010, que fijó Valor Máximo de Recobro VMR para 25 medicamentos, entre los cuales se encontraban los productos mal negociados por el ex-ministro Palacio con Roche (Resolución 1662) y Wyeth, hoy Pfizer (Enbrel® (Etanercept) que en general produjeron resultados muy pobres.

En vista de la magnitud colosal de los recobros y la pobreza de los resultados de las anteriores medidas, el nuevo ministro de protección social, Mauricio Santa María, buscó utilizar mejor el mecanismo de Valores Máximos de Recobro-VMR para controlar ese fenómeno.

Por la urgencia de la situación y seguramente por la inoperancia de la CNPMyDM o la imposibilidad de lograr un consenso entre los miembros de esa comisión de alto nivel, el gobierno terminó expidiendo el Decreto 4474/AR que facultaba al Ministerio de Salud y Protección Social para fijar Valores Máximos Recobro (VMR), al margen de la CNPMyDM.

Dice el accionante de la demanda aceptada (verACHC/AR) que la Ley 100 faculta exclusivamente a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos para expedir ese tipo de disposiciones y que, el MSyPS usurpó esas funciones, comprometiendo la validez legal de la norma.

La demanda fue presentada por un abogado egresado de la Universidad Javeriana, con una corta especialidad en "University Of Exeter LLM International Bussines Law 1987-1988" (ver), que aparece en Internet como socio de firmas como Escobar&Ibarra, Figueroa Sierra & Asociados, Araújo Ibarra Asociados y Presidente de Ibarra Ibarra & Asociados. Escribe sobre fijación unilateral de precios (ver) y se presenta como "Asesor del Gobierno Colombiano y de asociaciones del sector económico para la negociación de tratados comerciales regionales y bilaterales; Miembro del WTO’s Commerce and Trade Group; Profesor de Derecho Económico Internacional en la Pontificia Universidad Javeriana y Presidente del Comité de Derecho de la Competencia de la Cámara de Comercio Colombo Americana de Bogotá".

La suspensión se hará efectiva tan pronto se notifique el MSyPS y se resuelva el recurso de reposición que seguramente interpondrá. Si los VMR fijados unilateralmente por el ministerio se suspenden y el MSyPS no logra que la CNPMyDM homologue sus VMR como PMV, quedará sin efecto la principal (léase única) estrategia de la administración Santos para el control de precios abusivos en los recobros. En la práctica, volveremos al escenario catastrófico que dejó el anterior gobierno en este tema.

3. Relación del problema de los recobros con la nueva PFN-2012 y la solucion regulatoria de VMR

En el primer Boletín de esta serie sobre PFN-2012 (Ver BisBCM#36de2012) insistimos sobre la magnitud del problema de los recobros, su relación con la política pública desregulatoria del octenio 2003-2010, el fracaso de las medidas correctivas que el anterior gobierno intentó en su último año de gestión y lo que llamamos una insuficiente "referenciación" nacional del Documento CONPES Social N°155 de Política Farmacéutica Nacional (en adelante PFN-2012).

Dijimos que un borrador de la PFN-2012 (ver pág.29) graficó el crecimiento exponencial de los recobros (barras azules) y mencionó elementos diagnósticos que aparecen en el documento final como "inducción indebida de la demanda", "falta de una institucionalidad que permita solucionar los problemas por la vía administrativa", "presiones en el mercado" y "prescripción inadecuada de medicamentos", pero sin concretar ni jerarquizar su impacto en los recobros.
Coincidiendo con la existencia de esos factores, pero con el propósito de mostrar "relaciones de causalidad" que el documento PFN-2012 no menciona, elaboramos una infografía (ver) que mostró las barras azules del Gráfico N°3 del borrador mencionado, con adición de hitos de la política desregulatoria de precios, sistema de información y recobros, del octenio 2003-2010.

En este gráfico, junto con hechos que la PFN-2012 tampoco menciona, como la "catástrofe informática" del registro magnético de los recobros durante la gestión del Consorcio Fidufosyga 2005, aparece el efecto regulatorio de los VMR fijados por el MSyPS (Resoluciones 5229 de 2010; 05, 1020, 3026, 3470 y 4316 de 2011, e incluso la 2569 de 2012) al amparo del Decreto 4474. Allí se confirma lo dicho por el Ministro Gaviria sobre el impacto de los VMR sobre los recobros al FOSYGA.

4. Virtudes y defectos de los Valores Máximos de Recobro-VMR

En el Boletín BisBCM#38de2012 (3° de la serie PFN-2012) analizamos la validez de los VMR como mecanismo de regulación de precios de medicamentos, a propósito de la fijación de los últimos VMR por la Resolución 2569 de 2012 (con los cuales los expertos del MSyPS afirmaron que habían logrado controlar los precios de recobro del 98% de los productos de mayor impacto).

En ese Boletín (ver) aclaramos que:
- Los VMR solo regulan precios institucionales y hasta el momento no se han complementado con medidas que benefician el gasto de bolsillo de los pacientes
-
Los primeros VMR (25) fueron fijados por la Circular 04 de 2010 de la anterior administración que  homologó las negociaciones del ex-ministro Palacio con Roche y Wyeth, hoy Pfizer (Enbrel)
- Esos VMR resultaron elevados y -ante la inoperancia de la CNPMyDM o imposibilidad de lograr un consenso allí- se expidió el Decreto 4474/AR que facultaba al MSyPS para fijar nuevos VMR
- Los nuevos VMR efectivamente son mejores que los anteriores. Tienen efectos benéficos (en todo caso son un límite a los precios exorbitantes) pero, constriñen al máximo el margen de los prestadores e inducen a prácticas perversas.

Con todos sus defectos, los VMR constituyen el principal mecanismo regulatorio aplicado por la Administración Santos y su caída -temporal o definitiva- en todo caso una pérdida de la capacidad regulatoria del MSyPS y si éste no logra que la CNPMyDM ratifique todos sus VMR, será otro factor que agravará aún más la crisis financiera del sistema.

5. La utopía del medio billón anual de recobros de la PFN-2012

Para graficar las razones por las cuales la FMC considera que el objetivo de reducir los recobros a medio billón anual a partir de 2014 (fijado por la recién aprobada PFN-2012 pág.44) "ya no es difícil, simplemente es una utopía" ampliamos el gráfico del Boletín BisBCM#36de2012 con una columna adicional que muestra la magnitud del cambio propuesto, junto a todos los factores mencionados en los anteriores puntos, así:

Gráfico N°2: Análisis de la FMC sobre Objetivo de la PFN-2012 de medio billón anual de recobros

Con base en estos hechos, la FMC considera que los grupos de poder que se fortalecieron durante el octenio 2003-2010 de la política de desregulación, lograron montar un andamiaje sólido que, ni los intentos de rectificación del anterior gobierno, ni los esfuerzos de algunos sectores del actual gobierno, pudieron neutralizar.

Posibles contradicciones internas en el propio gobierno, explicarían que el MSyPS hubiese expedido el demandado Decreto 4474 en lugar de lograr un acuerdo con el ministerio de comercio para que la CNPMyDM expida los VMR que hoy está a punto de ser suspendidos.

Lo cierto es que hoy, luego de tramitarse la notificación del MSyPS y el recurso de reposición que seguramente interpondrá, es posible que la suspensión de los VMR se haga efectiva. Y si -insistimos- el MSyPS no logra la ratificación de sus VMR por la CNPMyDM, volveremos al escenario catastrófico que dejó el anterior gobierno, cuando Colombia llegó a ser un caso mundial de irregularidades administrativas que beneficiaron a particulares, con daño patrimonial grave del sistema de salud, ligado a omisión de la obligación que tienen los funcionarios estatales de defender el interés público.

Por esta razón, la FMC hace un llamado a la sociedad civil organizada, asociaciones de profesionales de la salud, de pacientes, la academia, la iglesia y todas las fuerzas que defendemos la salud pública, para que hagamos respetar el "marco de los principios constitucionales asociados al derecho a la salud" de la PFN-2012 y que se cumplan los anuncios presidenciales de que esta política se implementará priorizando los intereses de la salud del pueblo colombiano.

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